Sentencia Algeciras: ¿Absolución o 30 años de encierro?

Opinión01/12/2025 Joaquín Bernal Rodríguez
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Escribo estas líneas con el levante soplando en las ventanas de mi despacho, el mismo viento que recorre hoy una Algeciras que vuelve a sentir el escalofrío de aquel 25 de enero. La reciente Sentencia de la Audiencia Nacional sobre Algeciras ha caído como un mazo sobre la mesa: Yassine Kanjaa ha sido absuelto del asesinato de nuestro vecino Diego Valencia.

Entiendo el titular. Entiendo el dolor de la familia, el de las víctimas y el desconcierto de mis vecinos en la Plaza Alta. La palabra «absolución» resuena a injusticia, a impunidad, a «aquí no ha pasado nada». Pero como abogado que defiende el Estado de Derecho en esta ciudad, mi deber hoy no es alimentar la hoguera, sino explicar la técnica. Porque la Justicia, la verdadera, a veces es contraintuitiva, y la diferencia entre «impunidad» e "inimputabilidad" es el abismo que separa la civilización de la barbarie.

Para comprender el fallo, debemos descender al sótano del Derecho Penal: la culpabilidad. Para que yo pueda pedirle cuentas a un ciudadano por un crimen, ese ciudadano debe haber sido "libre" para decidir no cometerlo.

La Audiencia Nacional, apoyada en informes forenses unánimes, ha dictaminado que Kanjaa sufría una descompensación psicótica aguda derivada de una esquizofrenia. En ese momento, no había un terrorista calculando daño político; había un cerebro roto, desconectado de la realidad, actuando bajo el dictado de delirios.   

Aplicar la inimputabilidad penal (artículo 20 del Código Penal) no es un favor al reo; es el reconocimiento de una realidad biológica. No se puede castigar a quien no podía comprender ni querer. Si el Estado condenara a un enajenado mental como si fuera un delincuente común, el Estado se estaría vengando, no impartiendo justicia. Y nuestro sistema, afortunadamente, no se basa en la venganza.

La pregunta que todos se hacen: Si está absuelto, ¿por qué no queda libre? 

Aquí radica el gran malentendido. Kanjaa ha sido absuelto de la "pena" (prisión castigo), pero ha sido condenado a una Medida de Seguridad Privativa de Libertad.

La sentencia impone el internamiento en un centro psiquiátrico penitenciario por un tiempo máximo de 30 años. ¿Por qué 30 años? Porque es el tiempo máximo que habría pasado en prisión si hubiera sido condenado por asesinato terrorista o común en concurso con la tentativa.   

La ley es clara: la medida de seguridad dura tanto como dura la peligrosidad del sujeto, con el tope máximo de la pena hipotética. Kanjaa no vuelve a la calle. Kanjaa pasa de un calabozo a un entorno de control aún más estricto y, probablemente, más duradero que el de muchos condenados "cuerdos".

Prisión vs. Hospital Psiquiátrico: ¿Un privilegio injusto? 

Es común escuchar en las tertulias que ir al «psiquiátrico» es un destino blando. Nada más lejos de la realidad. Como abogado que ha visitado los Hospitales Psiquiátricos Penitenciarios de Sevilla y Alicante, puedo asegurarles que no son balnearios.

Son instituciones híbridas, a menudo olvidadas por la administración, donde la privación de libertad se mezcla con la contención química y mecánica. Los informes del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura describen instalaciones con falta de personal, hacinamiento y condiciones severas.   

Estar encerrado 30 años sabiendo que tu salida no depende solo de cumplir el tiempo ("tachar días"), sino de que un juez y un médico certifiquen que «ya no eres peligroso» —algo científicamente complejísimo—, es una condena atroz. En la prisión sabes cuándo sales; en la medida de seguridad, la incertidumbre es tu compañera de celda.

Conclusión: La Justicia no es venganza

Algeciras ha demostrado ser una ciudad madura, capaz de encajar el golpe sin romper la convivencia. La Sentencia de la Audiencia Nacional nos recuerda que Diego Valencia fue víctima de una tragedia atroz, causada por una mente enferma, no por una conspiración política.

Aceptar esta sentencia es duro, pero es la prueba de que nuestras Medidas de Seguridad del Código Penal funcionan. Protegemos a la sociedad aislando al peligroso (hasta 30 años), pero no renunciamos a nuestra humanidad castigando al incapaz. Eso es lo que nos diferencia de la barbarie que aquel día, lamentablemente, nos visitó.

Joaquín Bernal Rodríguez - abogado

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