Rechazo ecologista al proyecto urbanístico del Cádiz CF en El Puerto

El Puerto07/08/2025RedacciónRedacción
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Denuncian que el Ayuntamiento impulsa un plan urbanístico inviable legalmente.

Ecologistas alega contra la ciudad deportiva del Cádiz por pretender instalarse en suelos especialmente protegidos
Ecologistas en Acción ha presentado un documento de alegaciones contra el convenio urbanístico que prevén suscribir el Ayuntamiento de El Puerto de Santa María y la empresa Sport City Cádiz S.L., propiedad del Cádiz C.F. Con este acuerdo se pretende dar viabilidad al desarrollo urbanístico de los terrenos situados en la Vega de los Pérez, donde se proyecta la construcción de un megalómano equipamiento deportivo privado.

Según Ecologistas en Acción, “este proyecto es manifiestamente inviable legalmente, por vulnerar el principio de no regresión ambiental”. Los 291.433 m² sobre los que se pretende levantar la ciudad deportiva están clasificados en el vigente PGOU como Suelos No Urbanizables de Especial Protección por Planificación Urbanística bajo la denominación “Regadíos El Torno”. Para hacerlo posible, el Ayuntamiento ha iniciado una modificación del PGOU a la carta, que reduciría la protección de estos suelos para reclasificarlos como Suelo Rústico Común. Para la organización ecologista, se trata de “pura ingeniería especulativa” destinada a permitir su urbanización.

El Principio de No Regresión Ambiental, reconocido internacionalmente desde la Cumbre Río+20 de 2012, establece que “una regulación no debe reformarse si esto significa retroceder en los niveles de protección ambiental alcanzados anteriormente”. En este sentido, el Tribunal Supremo ha señalado que dicha regresión “debe fundamentarse en una justificación expresa y contundente basada en un interés público prevalente”, y que la desprotección de un territorio solo puede justificarse por la pérdida, por causas naturales, de los valores que motivaron su protección, algo que no ocurre en este caso.

Ecologistas en Acción ha aportado al expediente municipal la Sentencia del Tribunal Supremo del 30 de junio de 2023 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª, recurso 7738/2021), que establece que una modificación puntual del planeamiento que afecte a suelos no urbanizables de protección especial puede vulnerar el principio de no regresión y, por tanto, ser invalidada si no existe una justificación de interés público claramente identificada y razonada.

“Este principio se erige como un límite a la discrecionalidad del planificador urbanístico”, señalan desde Ecologistas. “No basta con que un alcalde, concejal o Junta de Gobierno Local decidan aprobar un proyecto urbanístico: tiene que ser legal y preservar los suelos de protección especial”.

Por tanto, “cualquier modificación del planeamiento urbanístico que suponga un retroceso en la protección de suelos no urbanizables debe estar respaldada por una justificación expresa y contundente basada en un interés público prevalente”. De no concurrir tal justificación, “la modificación del planeamiento no es posible”.

En el expediente constan dos informes del Área de Urbanismo que tratan de avalar la desprotección de estos suelos. Sin embargo, “no hacen referencia alguna al principio de no regresión ambiental ni a la jurisprudencia del Tribunal Supremo”.

Según estos informes, la protección de dichos suelos responde a “un modelo territorial superado”, argumentando que el área ha perdido su funcionalidad agrícola. Sin embargo, Ecologistas recuerda que el PGOU de 1992, actualmente en vigor tras la anulación del aprobado en 2012 por ilegalidades cometidas por el anterior Gobierno local del PP, sigue siendo el marco legal. “El actual equipo de Gobierno, también del PP, continúa desarrollando ese mismo PGOU que ahora quiere modificar”.

Para la organización, “se está informando favorablemente un proyecto no en base a la normativa vigente, sino en función de una futurible desprotección, legalmente inviable”.

Además, destacan que la supuesta pérdida de funcionalidad agrícola “no se debe a causas naturales, sino al abandono de los terrenos motivado por expectativas especulativas”.

Por todo ello, Ecologistas en Acción concluye que “la única salida legal que le queda al Ayuntamiento es no suscribir ese convenio, declarando inviable el proyecto promovido por Sport City Cádiz S.L.”.

 

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