El Puerto regula el uso de los patinetes eléctricos

El Puerto04/09/2026RedacciónRedacción

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El Pleno del Ayuntamiento de El Puerto de Santa María ha aprobado esta mañana, en la sesión ordinaria de septiembre, la aprobación inicial de la nueva Ordenanza Municipal de Vehículos de Movilidad Personal (VMP), que establece un marco específico para regular el uso de patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal, reforzando la seguridad vial y la convivencia entre peatones, ciclistas y conductores.

El teniente de alcalde de Seguridad y Policía Local, Jesús Garay, ha señalado que los VMP «forman ya parte de nuestra realidad» y ha defendido la necesidad de establecer unas normas claras que permitan compatibilizar su uso con la seguridad y la convivencia en las calles.

La ordenanza complementa la normativa estatal de la Dirección General de Tráfico (DGT) y regula las condiciones de circulación, los requisitos técnicos, las obligaciones de los usuarios, el estacionamiento y el régimen sancionador.

Entre las principales novedades, fija en 15 años la edad mínima para conducir un VMP y establece como obligatorios el casco homologado o certificado y el seguro de responsabilidad civil. La velocidad máxima será de 25 km/h en calzadas urbanas y carriles bici segregados, mientras que se limita a 10 km/h en aceras-bici, zonas peatonales y espacios de prioridad peatonal.

Los VMP no podrán circular por aceras, paseos marítimos, parques ni espacios reservados exclusivamente a peatones, salvo autorización expresa mediante señalización. En los pasos de peatones, los usuarios deberán bajarse del vehículo y cruzar andando.

También queda prohibido utilizar el móvil o auriculares durante la conducción, circular bajo los efectos del alcohol o las drogas, transportar pasajeros o animales y realizar maniobras peligrosas.

La regulación establece además normas específicas de estacionamiento, prohibiendo dejar los VMP en aceras, pasos de peatones, carriles bici, paradas de transporte público o amarrados a árboles, farolas, señales y elementos del mobiliario urbano. Se priorizarán los espacios habilitados específicamente para estos vehículos.

Las actividades económicas vinculadas al alquiler de VMP y las rutas turísticas requerirán autorización municipal. En el caso de las rutas organizadas, los grupos estarán limitados a 10 vehículos.

El régimen sancionador contempla multas de entre 80 y 500 euros, que podrán alcanzar los 1.000 euros en determinados supuestos especialmente graves, como conducir bajo los efectos del alcohol o negarse a realizar las pruebas de detección.

La aprobación inicial abre ahora el correspondiente periodo de exposición pública y tramitación administrativa antes de su aprobación definitiva por el Pleno. Una vez publicada íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, la ordenanza entrará en vigor transcurridos 15 días hábiles.

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