Los patinetes eléctricos tendrán que tener una matrícula y figurar en un registro
Actualidad29/05/2024RedacciónLos patinetes eléctricos y el resto de vehículos de movilidad personal deberán estar matriculados y se incluirán en un registro para poder identificarlos correctamente y determinar mejor su posible responsabilidad en un accidente de circulación con daños a terceros.
Este es uno de los aspectos que incluirá el proyecto de ley de Seguros de Automóviles, que ha sido aprobado este martes por el Consejo de Ministros, un texto que mejora las indemnizaciones a las víctimas de accidentes de tráfico y obliga a contar con un seguro de responsabilidad civil a los vehículos agrícolas e industriales, así como a los de movilidad personal, como los patinetes eléctricos.
Los patinetes eléctricos tendrán obligatoriamente un indicador de velocidad y sistema de frenado
El proyecto de Ley se aprobará en 2026 como muy tarde
El proyecto de Ley se remitirá al Congreso de los Diputados para su tramitación parlamentaria, y se espera que la norma pueda estar en vigor como muy tarde el 2 de enero de 2026, explican desde el Ministerio de Economía.
Una vez aprobada la Ley, se abrirá un plazo de seis meses para que los titulares de estos vehículos de movilidad personal contraten el seguro obligatorio, un periodo durante el que no podrán ser sancionados por no tenerlo.
Las primas de los nuevos seguros para estos vehículos serían inferiores a las de los vehículos de motor, porque “evidentemente los daños que puede producir un patinete son menores, el riesgo es menor y la prima debe ser inferior”, explica el Ministerio.
La norma transpone una directiva europea y mejora la cobertura, indemnizaciones y seguridad de las víctimas de accidentes causados por vehículos a motor al establecer una definición “más clara y amplia” de los vehículos que deben disponer del seguro obligatorio de responsabilidad civil, entre los que no figuran las bicicletas eléctricas.
Mejora del sistema de valoración de indemnizaciones
Asimismo, mejora el sistema de valoración de las indemnizaciones por daños personales; da mayor seguridad a las víctimas de accidentes en caso de insolvencia por parte de las entidades aseguradoras y mejora el control que hacen las autoridades de la existencia de seguro.
En concreto, en cuanto al baremo y las indemnizaciones a recibir por las víctimas, se clarifican algunos conceptos indemnizatorios y se establecen reglas específicas en materia de indemnizaciones por fallecimiento, secuelas y lesiones temporales, que se actualizarán en función del IPC.
Otro aspecto a destacar es que se mejorará el cálculo del lucro cesante, especialmente en aquellas personas que se dedican a las tareas del hogar.
En cuanto a los gastos de rehabilitación, para las víctimas de accidentes, la nueva norma aumentará las horas de ayuda, de 16 horas a 24 horas para determinados lesionados graves, y ampliará de 6 a 12 meses el derecho de las familias de fallecidos o grandes lesionados a recibir tratamiento psicológico, entre otras mejoras.
La norma busca fomentar el transporte sostenible dada la proliferación de estos vehículos de movilidad ligera, así como mejorar la concienciación social del daño que pueden producir y la protección a la sociedad por los posibles daños que se puedan producir, explica el ministerio.